viernes, 5 de diciembre de 2008

¿ES LO MISMO UNA REFORMA, QUE UNA ENMIENDA?

Diferencias entre REFORMA Y ENMIENDA
¿SERAN LOS MISMO?


PRESENTAMOS PEQUEÑOS APORTES QUE DEBEMOS (CONOCER) YA QUE SE INSISTE QUE “NO SE PUEDE HACER ESTE PROCESO” CALIFICADO ASI, POR SECTORES OPOSITORES EN VENEZUELA “DE QUE ES TOTALMENTE INSCONTITUCIONAL.”
ESTAS PERSONAS QUE AFIRMAN ELLO SON UNOS MENTIROSOS COMPULSIVOS Y PATOLOGICOS.
“OTRA MENTIRA MÁS” DE ESTOS SECTORES “POLITIQUEROS” Y QUE IRRESPONSABLEMENTE ANTE SUS SEGUIDORES, SIGUEN MANIPULANDO, Y PARA ELLOS SU MEJOR ARMA, SIGUE SIENDO LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN.


CUMPLIMOS CON DESARMAR OTRA VEZ ESTA FALACIA


Conozcamos acá un poco Diferencia entre REFORMA Y ENMIENDA

Mientras tanto sepa usted compatriota,
La Enmienda tiene y tendrá por objeto la modificación de uno o varios artículos de la constitución (UNO O VARIOS) estamos hablando aca -de una fraccion-, sin alterar su estructura fundamental. En este caso es netamente suprimir parcialmente un fragmento del ultimo aparte de el ART. 230
Mientras tanto que La Reforma, tiene por objeto la revisión parcial de la constitución y la sustitución (CAMBIAR) de una o varias de sus normas, sin que modifique la estructura y principios fundamentales del texto constitucional.

Como se EFECTUA EL TRÁMITE para la Enmienda:

Por la iniciativa del 15% de los ciudadanos inscritos en el registro electoral, o por iniciativa del Presidente o Presidenta de la República en consejo de ministro.

Por iniciativa de la Asamblea Nacional, a través de la mayoría de sus integrantes.

El poder electoral someterá a referendo las enmiendas a los 30 días siguientes de la recepción formal.

Se consideran aprobadas las enmiendas de acuerdo a lo establecido en la constitución para la reforma de leyes.

Las enmiendas deben ser publicadas y numeradas en la constitución vigente, sin alterar el texto de la misma, anotando la referencia, numero y fecha de la enmienda que lo modifico.

Como se EFECTUA EL TRAMITE para La Reforma
(que no es lo que se plantea en este caso)

definicion de Reforma:

Es una revisión parcial de la constitución y si ésta es profunda, es decir de varios artículos estaríamos en presencia de una nueva constitución de Venezuela 1.999,

Claramente en Art 347.C.R.B.V -Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela- expresa que La iniciativa parte de:

La iniciativa podrá tomarla la Asamblea Nacional http://www.asambleanacional.gob.ve/ mediante acuerdo aprobado por el voto de la mayoría de sus integrantes; el Presidente o Presidenta de la República en consejo de Ministros; o un número no menor del 15% de los electores inscritos y electoras inscritas en el Registro Civil.

La tramitación de la Reforma: http://enmiendaconstitucional.blogspot.com/


La reforma Seria tramitada por la Asamblea Nacional en la forma siguiente:

El proyecto de reforma constitucional tendrá una primera discusión en el periodo de sesiones correspondientes a la presentación del mismo.

Su segunda discusión por titulo o capítulo, según fuera el caso.

Una tercera y última discusión, articulo por artículo.

La asamblea nacional aprobara el proyecto de reforma constitucional, en un plazo no mayor de dos años

El proyecto de reforma se considerara aprobado con el voto de las dos terceras partes de los o las integrantes de la Asamblea nacional.

¿Como es la Aprobación de la Reforma?

Para que sea aprobada es necesario que el número de votos afirmativos supere al numero de votos negativos; en caso de resultar negativa su aprobación esta no podrá presentarse de nuevo ante la Asamblea Nacional en ese mismo periodo Constitucional.

Entonces, ¿quien miente? Copien y reenvíen este material…rebotenlo!!!

reforma y enmienda no es lo mismo...ok.

Miguelangel Zambrano
Estudiante del PFG En Estudios Jurídicos

UBV Los Chaguaramos

miguelangeljr@cantv.net

Rebelde Siempre !!!

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